El Cuarto Tribunal Colegiado de la Cámara Penal de Primera Instancia del Distrito Nacional declaró la extinción penal contra el exdirector de la Corporación Dominicana de Empresas Estatales (Corde), Leoncio Almánzar Objío, y otros exfuncionarios, así como contra los empresarios vinculados en la venta, de manera irregular, de cuatro millones de metros cuadrados del sector Los Tres Brazos.
Los beneficiados con la sentencia que pone fin a la acción penal son, además de Almánzar Objío, Manuel Joaquín Aybar Ferrando, Irvin José Cruz Crespo, Juana Ynés Gómez Williams, Carlos Aris Gómez Williams; Julio César Gómez Williams, Domingo Gerardo Legrón de los Santos, Lisetel González Sánchez.
También se declaró nula la acción penal para la razón social Proyecciones Inmobiliarias Gow, Inversiones Fernández Parache y Asociados (Infepa), Soluciones Eléctricas Sidenet, Teknowlogic Dominicana.
Los jueces que emitieron la sentencia son Keila S. Pérez Santana, Elías Santini Perera y Arisleida Méndez Batista, son los mismos que declararon el fin de la persecución penal a los militares y empresarios implicados en los sobornos de Los Tucano.
Los magistrados acogieron la solicitud de la defensa de la imputada Lisetel González Sánchez, a la cual se adhirieron las demás defensas técnicas, y declararon “la extinción de la acción penal por el vencimiento del plazo máximo de duración del proceso, a favor de los imputados“.
En ese sentido, también ordenaron “el cese de las medidas de coerción que pesen en contra de los imputados“.
En la sentencia, los magistrados aclaran que su decisión es susceptible de recurso de apelación, conforme al artículo 416 y siguientes del Código Procesal Penal.
Se recuerda que los imputados fueron detenidos en julio del 2018. En junio del 2022 fueron favorecidos con un no ha lugar por el exjuez Juan Francisco Rodríguez Consoró, quien fue apartado del sistema de justicia, acusado de irregularidades.
En diciembre del año pasado, la Primera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional acogió en parte un recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público contra el auto de no ha lugar y ordenó un nuevo juicio para una parte de los encartados, que son a los que se le declaró la acción penal.
La corte ratificó el no ha lugar a favor de Rosabel Castillo, exregistradora de Títulos; Ana Antonia Ozuna Nolasco y Hadonis Ruiz Mella, ambos agrimensores, y José Enrique de Pool Dominici, principal accionista y representante de la entidad inmobiliaria Titulatec.
El Ministerio Público informó que apelará la decisión del Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional que declara la extinción de la acción penal en el caso Los Tres Brazos porque “no está apegada al derecho”.El fiscal litigante José Miguel Marmolejos, de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), explicó que otras de las razones por las que impugnarán la decisión es que hace apenas hace tres meses la Primera Sala de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, que es un tribunal de mayor jerarquía que el Cuarto Tribunal Colegiado, ya había rechazado y declarado que no estaba extinguido el proceso”, señaló.