La Corte Suprema de Justicia ratificó este miércoles la pena de cinco años y tres meses de prisión contra la influenciadora Epa Colombia por tres delitos luego de atacar una estación de autobuses en Bogotá, grabar un video y luego subirlo a sus redes sociales en 2019.
La Sala de Casación del alto tribunal ratificó su culpabilidad por los delitos de daño en bien ajeno agravado; perturbación en servicio de transporte público, colectivo u oficial, e instigación a delinquir con fines terroristas.
Todo ocurrió el 22 de noviembre de 2019, durante una protesta contra el Gobierno del entonces presidente colombiano, Iván Duque, cuando Daneidy Barrera Rojas, conocida como Epa Colombia, dañó vidrios, un dispositivo de lectura de tarjetas, los equipos de recarga automática y la registradora de acceso a la estación de Molinos del sistema de autobuses Transmilenio.
La influenciadora grabó sus acciones y las publicó en las redes sociales.
“La Sala Penal, al conocer el caso en impugnación especial, resolvió mantener la condena y determinó la captura de la procesada. Señaló que la libertad de expresión ‘no es absoluta y deja de ser lícita cuando a través de ella se propaga la violencia destructiva de bienes jurídicos personales o de uso público, entre otros'”, detalló la Corte Suprema de Justicia en un comunicado.
Por esa razón, el alto tribunal denegó la suspensión de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria y dispuso su captura, que fue ejecutada hace dos días y por la cual se encuentra detenida en la Fiscalía.
Igualmente “consideró que con sus actuaciones instigó de manera consciente y voluntaria a sus seguidores para imitarla ‘en la ejecución de similares conductas (delictivas)’ lo que es incompatible con la garantía de la protesta social“.
“Se observa claro, entonces, que la difusión por redes de comunicación masiva de mensajes incitadores a la violencia y la destrucción del sistema de transporte público (…) a sus seguidores, ubicados en distintos lugares del país, en ese tiempo conmocionado por el estallido social, con la sugerencia de que actuaran de la misma manera que ella, tenía plena idoneidad para instigar a delinquir a través de conductas constitutivas de terrorismo”, agregó la Corte en su sentencia.