Panorama Nacional.- Colaboradores del Ministerio de la Juventud denunciaron este miércoles que fueron desvinculados de sus funciones sin previo aviso, a pesar de haber trabajado durante todo el mes de enero en las actividades regionales del Premio Nacional de la Juventud. Aseguran que existen evidencias documentales y testimoniales que demuestran que continuaron laborando hasta el momento de la desvinculación.
Mediante una nota de prensa, dijeron que durante todo el mes desempeñaron sus funciones en las diferentes regiones del país sin sospechar que habían sido cesados de sus cargos.
Según los afectados, la desvinculación tiene fecha del 7 de enero, pero en ningún momento recibieron notificaciones formales por parte del Ministerio de la Juventud, lo que constituiría una aparente violación de la Ley 41-08 de Función Pública.
La situación salió a la luz cuando los colaboradores recibieron un pago de salario significativamente reducido, de menos de 5,000 pesos. Al comunicarse con el departamento de Recursos Humanos para aclarar la situación, fueron informados de que ya no formaban parte de la institución.
Los afectados expresaron su indignación ante lo que consideran una falta de respeto y transparencia por parte del Ministerio de la Juventud, liderado por el ministro Carlos Valdez y la Directora de Extensión Regional, Paola Maciel Lara. Exigen explicaciones y el pago correspondiente por el trabajo realizado durante el mes de enero.
Exigencias de los afectados
Los empleados desvinculados han solicitado:
- Una revisión inmediata de su situación para determinar si la desvinculación se ajusta a derecho y, en caso contrario, su reincorporación a los cargos.
- En caso de mantenerse la desvinculación, el pago completo de los salarios y compensaciones adeudadas conforme a la Ley 41-08.
- Una respuesta formal del Ministerio de la Juventud sobre las razones de su desvinculación y las medidas correctivas que se tomarán.
De acuerdo con el Artículo 87 de la Ley 41-08, la administración pública debe garantizar que las desvinculaciones se realicen con causa justificada y respetando el debido proceso. Además, el Artículo 86 establece la obligación de notificar formalmente a los servidores públicos sobre su desvinculación. Finalmente, el Artículo 58 garantiza el derecho a recibir el pago por los servicios prestados y las compensaciones correspondientes.
Hasta el momento, el Ministerio de la Juventud no ha emitido declaraciones oficiales sobre esta situación.