Sentencia histórica que podría permitirte recuperar muchos puntos indebidamente detraídos del carnet de conducir.
Y es que estamos ante un precedente judicial en una sentencia que podría hacer que muchos de los conductores recuperen los puntos del carnet de conducir que la DGT les haya quitado previamente siempre y cuando Hacienda haya anulado la parte económica de las sanciones, porque no hayan sido correctamente notificadas.
Tal como recoge eleconomista, la sentencia protagonista fue dictada por el juzgado de lo contencioso administrativo número 2 de Burgos sobre un recurso llevado por los servicios jurídicos de Automovilistas Europeos Asociados (AEA).
En esta sentencia se condena a la DGT a devolver el carnet y los puntos indebidamente detraídos a un camionero al que previamente el Tribunal económico administrativo regional de Castilla y León, le había anulado la parte económica de las sanciones porque no habían sido correctamente notificadas. Este Tribunal económico administrativo regional es un órgano dependiente del Ministerio de Hacienda.
“Hasta ahora la DGT se había negado a devolver los puntos indebidamente quitados a los conductores por multas mal tramitadas y anuladas por Hacienda”, explica AEA.
“Sería contrario al principio constitucional de seguridad jurídica el que para dos órganos del Estado unos hechos existieran y a la vez no existieran”, apunta el presidente de AEA, Mario Arnaldo. “La pérdida de puntos va unida a la multa, y no puede ser que Hacienda anule la parte económica de la sanción porque no se ha notificado correctamente la multa y, sin embargo, Tráfico mantenga la detracción de puntos“.
Las notificaciones postales fueron enviadas a un domicilio que no fue el indicado por el conductor
Para entender la situación, este camionero sancionado, inició las reclamaciones ante Hacienda contra unas sanciones impuestas por Tráfico de las que el conductor afectado nunca había tenido ningún conocimiento previo porque se habían notificado mal.
Estas multas tenían sanción económica y de puntos, pero la DGT se negó en todo momento a devolverlos e incluso iniciaron un procedimiento para retirar la vigencia del permiso de conducir al camionero.
Según comentan, estas notificaciones postales fueron enviadas a un domicilio que no fue el indicado por el conductor y, por lo tanto, la notificación de la multa que hizo la DGT a través de boletines oficiales no eran válidas.
Como la DGT se negó a devolver los puntos que se le quitaron por estas multas, llevaron a Tráfico ante los tribunales.
Según comenta a elEconomista el presidente de AEA, Mario Arnaldo, “esta sentencia supone un gran precedente jurídico. Supone desmontar el argumento perverso que desde hace más de una década utiliza la DGT para no devolver los puntos de multas mal tramitadas y considerar que un mismo hecho, como es que una multa no esté bien notificada, exista para Hacienda, y por ese motivo se anule la parte económica de la sanción, pero no exista para Tráfico y la detracción de puntos quede anotada”.
De esta forma, a partir de ahora si una multa no está bien notificada, no solo hay que anular la parte económica sino también los puntos restados.