Acuerdan temas espinosos del CP

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Aborto, agresión sexual, homicidio involuntario y feminicidio son algunos de ellos. Agregan dos artículos a la pieza

La comisión bicameral a cargo de la reforma del Código Penal ya consensuó gran parte de los artículos más controversiales de la pieza legislativa, como son el aborto, la agresión sexual, el feminicidio y el homicidio involuntario. El aumento de las penas fue el centro de discusión en cada apartado.

Se aprobó que la agresión sexual entre adultos tenga una sanción de uno a dos años de prisión y la agresión sexual contra un niño se castigue de 10 a 20 años de cárcel.

En el tema de las agresiones sexuales, según se informó, fue el que más pasiones despertó en la sesión de trabajo del jueves y ante el cual la diputada Dorina Rodríguez, en descontento, se marchó de la reunión.
Tanto el diputado Eugenio Cedeño como el vicepresidente de la comisión, Wandy Batista, explicaron que la agresión sexual no es violación sexual, por lo que no debe ser tipificada igual, sino que se debe dejar al juez que sea quien decida.

“Muchos legisladores, con todo su derecho, pero que muchas veces se argumenta de la propia ignorancia, y la ciudadanía también tiene un candil, así como esa luz en el frente, del aumento de la pena, de la pena grande, creyendo que penas grandes y exageradas y desproporcionadas son una solución a los problemas”, subrayó Cedeño.

El legislador criticó que hubo una propuesta de condena de cuatro diez a años de presión para la agresión sexual entre adultos, lo que calificó de “algo completamente loco y desproporcionado”. También recordó que Dorina Rodríguez planteó que la sanción para la agresión sexual contra niños sea de 20 a 30 años.

“Hay que decir que es agresión sexual, es algo diferente a la violación. No estamos hablando de violación, no estamos hablando de penetración. Estamos hablando de un manoseo, de un toque inconsulto, de un beso, de algo así”, sostuvo.

Además, entiende que el establecer penas muy elevadas para el acto de agresión sexual podría incentivar al delincuente a cometer otros delitos y así agravar más la situación. “Si me van a echar 20 años, yo mejor desaparezco a este muchachito, para que no vaya a hablar”, ejemplificó el perremeísta.

Agregan dos artículos más de aborto

A propuesta de Eugenio Cedeño, la comisión aprobó que el artículo del aborto (artículo 109) fuera dividido en tres: consentido, provocado y forzado. Esto porque dicho artículo trataba el aborto de manera general, y en el mismo tema del aborto simple se incluía el forzado.

La reforma del Código Penal tenía 419 artículos, por lo que, de aprobarse el informe, aumentaría a 421.

Según el congresista, se aprobó la propuesta del aborto consentido (que es cuando una mujer va conscientemente y sana a un consultorio médico a abortar) y se estableció que el castigo al médico sea de dos a tres años de prisión. En el proyecto base la pena era de uno a dos años.

En cuanto al aborto provocado, que es cuando la mujer intenta abortar de manera deliberada y voluntaria mediante métodos médicos o quirúrgicos, se determinó que el castigo a esta sea de dos a tres años de prisión menor. La pena era de uno a dos años en la pieza de referencia.

Los senadores y diputados consintieron que en los casos cuando la mujer se provoqué un aborto, su vida corra peligro y se exilie a un centro médico, el galeno que la asista sea eximido de responsabilidad penal, ya que intenta salvar la vida de madre.

En el aborto forzado, que es la interrupción del embarazo sin el consentimiento libre y voluntario de la mujer embarazada, se fijó la pena de 20 a 30 años de cárcel. En el pliego de ley modelo la condena era de 30 a 40 años.

Homicidio involuntario

La comisión bicameral aumentó la pena del homicidio involuntario, para que sea de dos a tres años de prisión. El Código Penal vigente, en su artículo 319, tipifica este delito con penas de tres meses a dos años de prisión. Un punto muy discutido tras la tragedia del Jet Set, ocurrida el pasado 8 de marzo.

Feminicidio

Se estableció que el feminicidio es cuando se compruebe que a la persona la mataron por ser mujer, con penas de 20 a 30 años de prisión; y cuando sea agravado, de 30 a 40 años. El feminicidio es agravado cuando se haya exhibido en público el cuerpo sin vida de la mujer, haya sido violado o mutilado.

De acuerdo a Cedeño, había nueve apartados que establecian diferentes cosas que, según dijo, supuestamente caracterizaban el feminicidio, “simplemente combinándolo, mezclándolo y confundiéndose con la agresión doméstica y con la violencia de género”.

Wandy Batista
Cuando algunas posiciones muy personalizadas salieron de la comisión bicameral, la cosa fluyó más”

Santiago Zorrilla
Sin temor a equivocarme, en la próxima semana se va a presentar el informe del nuevo Código Penal en el Senado de la República”

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