Ministerio de Medioambiente Debe Proteger la Foresta y el Agua o Nos Convertiremos en Otro Haiti

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Por Lic. Roberto Canaan :

La consecuencia de la deforestación en Haití ha sido que, en el noroeste extremo, en la península de San Nicolás, existe el desierto más grande en las Antillas y pleno proceso de expansión gracias a la deforestación generalizada.

La mayoría de los ríos haitianos se han secado, la fertilidad de sus tierras agrícolas se ha reducido y el territorio haitiano está cada vez más desertificado.

Las cordilleras haitianas están totalmente deforestadas y en muchos casos las lluvias han eliminado los sedimentos, dejando a la vista la fundación rocosa de las montañas y haciendo irreversible el catastrófico daño ecológico.

En el 1961, en pleno fragor de las convulsiones políticas que siguieron a la caída de la dictadura de Trujillo, se promulgó la ley de Foresta, que establece que la riqueza forestal es uno de los patrimonios más valiosos con que cuenta la República y es fuente de grandes beneficios por proveer la conservación de nuestras corrientes fluviales, elemento indispensable para el regadío de las tierras de la República y otros usos necesarios; y se declaró zona vedada todos los terrenos que comprenden la loma Alto de la Bandera en Constanza.

En el 1966 se ordenó el cierre de todos los aserraderos del país.

Más luego, en el 1967, se promulga la ley que declara de alto interés patriótico una activa y permanente campaña de reforestación en todo el territorio de la República Dominicana, y ese mismo año, se promulga la ley que coloca la Dirección General de Foresta como una dependencia de las Fuerzas Armadas.

A partir de ese momento, las Fuerzas Armadas y la Policía quedan investida de la misión de velar por la conservación, restauración y fomento de la riqueza forestal del país.

Otra de las leyes, cuyo objetivo era el de proteger las áreas montañosas con la finalidad de preservar todos las cuencas hidrográficas del territorio nacional, se declaró de alto interés nacional el uso, protección y adquisición por parte del Estado, de todas o partes de las tierras comprendidas en las áreas de las cordilleras, para proteger amplias zonas de las cordilleras Central, sierra de Bahoruco, sierra de Neyba y sus estribaciones paralelas, sierra de Martín García, sierra de Yamasá, sierra del Seybo o cordillera Oriental y sierra de Montecristi o cordillera Septentrional, que caerían todas bajo la jurisdicción de esta nueva ley.

Otra Ley, prohibió de manera terminante el corte o tala de árboles en las cabeceras de los ríos y arroyos que nutren las cuencas hidrográficas del país.

Con este conjunto de disposiciones legales, se estableció un amplio marco geográfico de las áreas protegidas, con la finalidad de preservar para las futuras generaciones el tesoro inapreciable de nuestros recursos natural

Gracias a las medidas tomadas en esos años la República Dominicana se salvó de convertirse en una réplica de lo que hoy es Haití, país que ha visto una reducción impresionante de sus bosques, debido al desmedido y creciente uso del carbón como combustible para cocinar, al punto que hoy menos del 3 % del territorio haitiano se conserva como bosques.

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