El Senado de la República aprobó este jueves en segunda lectura el proyecto legislativo que modifica cuatro artículos de la Ley 36-24 que crea la Corporación Turística Cabo Rojo, que tiene como finalidad fortalecer la base normativa actual e impulsar la inversión extranjera.
La iniciativa sometida por el Poder Ejecutivo y que pasará a la Cámara de Diputados para su consideración, tiene entre sus novedades que la Cámara de Cuentas sea la que ejerza el control externo de la Corporación, conforme a lo que dispone la Constitución y las leyes.
El senador Pedro Catrian (PRM-Samaná), presidente de la Comisión Permanente de Hacienda del órgano parlamentario, presentó tres modificaciones a la pieza, que fueron acogidas por 21 de los 24 legisladores presentes.
En su moción al párrafo II del artículo 11, que está modificado por el artículo 5 del proyecto de ley, el representante de Samaná propuso que la Cámara de Cuentas, en el ejercicio del control externo de la Corporación Turística de Cabo Rojo, podrá utilizar, “preferencialmente”, el apoyo técnico de firmas de auditoría de reconocimiento y reclamación internacional, contratadas a tal finalidad, para la ejecución de autoría y otros procedimientos de fiscalización bajo su dirección y supervisión.
La legislación refiere en su artículo 6, que el régimen legal de la sociedad comercial Corporación Turística Cabo Rojo, junto con sus sociedades subordinadas y sus respectivos directores y ejecutivos, estarán sujetos a la legislación nacional aplicable a sus sociedades comerciales de derecho privado y a sus estatus sociales, sin perjuicio de lo dispuesto respecto al control externo en el artículo 11.
También señala en su artículo 9, que la administración de los estatutos sociales de la Corporación Turística Cabo Rojo fijará el número impar de los miembros que componen su consejo de administración, que no deberá ser inferior a tres, y garantizarán que la administración de la sociedad comercial, así como el desarrollo y la gestión del proyecto serán responsabilidad de los inversionistas y gestores privados, en consonancia con su naturaleza comercial.
El pliego legislativo reforma el artículo 12 de la Ley 36-24, el cual señala que las personas jurídicas y los patrimonios autónomos que reciban como aporte los bienes y derechos del Fideicomiso Pro-Pedernales, así como aquellos que adquieran los inmuebles aportados a la corporación; o que inviertan o lleven a cabo actividades de desarrollo relacionadas a las infraestructuras de servicios hoteleras e inmobiliarias turísticas dentro del proyecto, respecto a facilidades complementarias al mismo, mantendrán el tratamiento fiscal y tributario especial de las exenciones previstas en la legislación.
Al finalizar los trabajos, el presidente del Senado, Ricardo de los Santos, convocó sesión para el próximo martes 25 de marzo, a las 2:00 de la tarde.