Panorama Nacional. El Poder Ejecutivo observó la Ley Orgánica del Tribunal Superior Electoral (TSE) e introdujo cambios al considerar que el texto aprobado otorgaba facultades incompatibles con la naturaleza de esa Alta Corte.
Entre los puntos observados figuran aspectos relacionados con la competencia del TSE para conocer conflictos internos de organizaciones cívicas con candidaturas independientes, impugnaciones de elecciones en colegios gremiales, y los plazos para acudir a la jurisdicción electoral tras agotar la vía interna partidaria, entre otros.
Según una nota de prensa del Senado de la República, las observaciones afectan los artículos 3 (numeral 6); 7 (párrafos I y III); 9; 12 (numerales 2 y 12 y párrafo VIII); 16 (párrafo II); 20 (numeral 4) y 32 del proyecto de ley.
El Poder Ejecutivo también propuso nuevos textos, sugiriendo sustituir el término «justicia constitucional» por «justicia electoral», para adaptar el principio de gratuidad a las características propias de esta jurisdicción.
El Senado aprobó en única lectura las modificaciones propuestas al proyecto de ley presentado por los senadores Félix Bautista y Pedro Catrain. La iniciativa busca regular el funcionamiento del TSE, definir su categoría institucional, garantizar su autonomía e independencia, establecer requisitos y régimen de incompatibilidades de sus miembros, normar el procedimiento contencioso electoral, y consagrar las facultades contenciosas de las Juntas Electorales.
La Constitución, en su artículo 214, establece que el TSE es el órgano competente para decidir en última instancia sobre asuntos contenciosos electorales y disputas internas en partidos y agrupaciones políticas, además de regular su funcionamiento administrativo y financiero.