Suprema Corte le ‘saca los pies’ a Jean Alain: Confirman condena millonaria por daños a Zapete

¡Atención, mi gente! La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia ha soltado el fallo y, ¡ay, ay, ay!, le metió un ‘pa’ tras’ al exprocurador general de la República, Jean Alain Rodríguez Sánchez. La noticia confirma la sentencia que lo condena a pagar nada más y nada menos que dos millones de pesos dominicanos (RD$2,000,000) a favor del periodista Marino Zapete por daños morales. Esto viene a raíz de una situación que, según Zapete, provocó la suspensión de su conocido programa ‘El Jarabe de Zapete’. Esta decisión final de la alta corte valida un proceso judicial largo y complejo, reafirmando una sentencia que inicialmente le fue adversa al comunicador.

El tribunal, presidido por Justiniano Montero Montero e integrado por Samuel Arias Arzeno, Édynson Alarcón y Miguelina Ureña Núñez, declaró inadmisible el recurso de casación que había interpuesto Jean Alain Rodríguez. La vaina es que, según lo que establece la Ley núm. 2-23 sobre Recurso de Casación, el señor Rodríguez Sánchez no pudo acreditar la existencia del famoso ‘interés casacional’, un requisito esencial para que la Suprema se pusiera a revisar el caso. Esto significa que la decisión previa, emitida por la Tercera Sala Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional el 26 de agosto de 2024, queda firme y sin posibilidad de marcha atrás.

Esta condena, además del monto principal, incluye un interés judicial del 1.5% mensual, calculado desde la notificación de la sentencia hasta su ejecución total. Es decir, que el monto final podría ser mayor. Curiosamente, la Corte de Apelación sí había rechazado la demanda que Zapete presentó contra Maybeth Rodríguez Sánchez, hermana del exprocurador, y tampoco encontró pruebas suficientes para los daños materiales que el periodista reclamaba en esa ocasión. Esto nos da a entender que la responsabilidad se atribuyó directamente a las actuaciones del exfuncionario.

El origen de este ‘quilombo’ legal se remonta a una investigación que Marino Zapete divulgó el 25 de septiembre de 2019 en ‘El Jarabe de Zapete’, transmitido por Teleradio América. En aquella ocasión, el periodista ‘dio la luz’ sobre unos contratos ‘jevi’ de cemento asfáltico AC-30 entre el entonces Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones y Grupo Asimra, SRL. Lo picante del asunto es que dos de esos contratos, firmados en 2017, tenían como representante a Maybeth Rodríguez Sánchez, la hermana del exprocurador. Eso, como era de esperarse, prendió la chispa y de ahí se armó el lío.

A raíz de esas informaciones, Zapete alegó que Jean Alain Rodríguez ejerció presiones indebidas para que se retractara de sus señalamientos. Al negarse a ‘echarse pa’ tras’, el periodista sostuvo que su programa salió del aire, una situación que, según él, le ocasionó graves daños morales y que fue la base principal de su reclamo. La persistencia de Zapete en mantener sus acusaciones sin ceder ante las supuestas presiones, se convirtió en el eje central de este mediático litigio.

Al intentar casar la sentencia, el exprocurador Rodríguez Sánchez alegó, entre otras cosas, violaciones a su derecho de defensa, una supuesta falta de motivación en la valoración de las pruebas y hasta la participación de una magistrada a la que le atribuyó un posible conflicto de interés en la elaboración de la sentencia de apelación. Sin embargo, la Primera Sala de la Suprema Corte, con ‘cabeza fría’, examinó cada uno de estos argumentos y determinó que ninguno cumplía con los requisitos para admitir el recurso, especialmente al no acreditar el mencionado interés casacional. Incluso, se aclaró que la ausencia de la magistrada Maritza Elupina Capellán Araujo como firmante fue un ‘error material’ que no afectaba la validez de la decisión.

Con todo esto, la decisión de la Suprema Corte deja claro que, en República Dominicana, la justicia, aunque a veces se tome su ‘pasito’, al final, lo que es del César, ¡es del César! Este caso marca un precedente importante en la defensa de la libertad de expresión y la responsabilidad de los funcionarios públicos, enviando una señal contundente a todo el ‘tigueraje’ que opera en la función pública sobre las consecuencias de sus actos. El fallo no solo impacta económicamente al exprocurador, sino que también refuerza la confianza en la independencia del poder judicial para dirimir conflictos de alto perfil.

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