¡Deja el ‘Lío’! La SB Pone ‘en Cintura’ a los Bancos para Cancelar Cuentas y Tarjetas

¡Atención, mi gente! Si usted ha pasado por el calvario de intentar cerrar una cuenta bancaria, una tarjeta de crédito o cualquier otro producto financiero y ha sentido que es un verdadero ‘lío’, tenemos una noticia que le va a alegrar el día. La Superintendencia de Bancos (SB) ha puesto el pie en el acelerador con una nueva disposición que busca precisamente eso: facilitar el proceso de cancelar cuentas y otros servicios, haciéndolo más transparente y menos engorroso para el usuario dominicano.

Según la Circular SB: CSB-REG-202500014, la entidad reguladora ha establecido reglas claras y contundentes. Una de las más importantes es que, de ahora en adelante, el proceso de cancelación debería poder realizarse por el mismo canal por el que usted contrató el producto. ¿Lo sacó por la app o la web? Pues por ahí mismo debería poder cerrarlo. Si fue presencial, el banco le debe indicar la vía más adecuada. Esta medida es un paso ‘jevi’ hacia la comodidad, evitando que uno tenga que dar un viaje y perder un día entero en eso.

Y para que no haya excusas, los bancos ahora tienen un plazo máximo para procesar estas solicitudes. ¡Agarre ese dato! Son solo siete días hábiles a partir de la recepción de su pedido. Esto significa que ya no habrá largas esperas ni trámites que se pierden en el limbo. Además, si se trata de productos de crédito, la entidad tiene la obligación de entregarle la carta de saldo de una vez y, si aplica, liberar las garantías a tiempo. ¡Eso sí que es poner a los bancos ‘en cintura’!

Claro, como en todo, hay sus excepciones. No siempre se puede cerrar un producto al instante. La normativa de la SB contempla situaciones específicas en las que un banco podría negarse a proceder con la cancelación inmediata. Por ejemplo, si el producto que quiere cancelar está sirviendo de garantía para otro préstamo, o si hay balances pendientes de pago, como cuotas o consumos de tarjeta que aún no se han liquidado. También, si la cuenta está bajo un embargo, bloqueo o inmovilización por alguna razón legal, o si usted mismo solicitó un bloqueo por pérdida o robo, la entidad no podrá cerrarla hasta que esa situación se resuelva.

Otro punto importante es que, si existe una disputa judicial o una reclamación en curso relacionada con el producto, tampoco se podrá ejecutar la cancelación de forma inmediata. Y, por supuesto, la entidad tiene que poder comprobar su identidad. Si no logran validarla, según sus procedimientos internos, pueden retrasar el cierre. En cualquiera de estos escenarios, el banco tiene que explicarle de forma clara y precisa por qué no puede procesar su solicitud hasta que la situación se normalice. No es que le van a dejar en el aire, sino que deben informarle el ‘por qué’ del asunto.

Esta regulación abarca un sinnúmero de productos y servicios financieros que muchos de nosotros usamos a diario, desde cuentas de ahorro o corrientes hasta tarjetas de crédito, facilidades crediticias y certificados de inversión. Sin embargo, hay un detalle ‘bacano’ que hay que tener en cuenta: la opción de cancelar por un canal digital solo aplica si usted contrató el producto por esa misma vía y si no existe alguna de las circunstancias que impiden su cierre. Esto evita que los bancos se hagan los ‘chivos locos’ y desmotiven o dificulten innecesariamente el cierre de un producto que ya no utilizamos y por el cual, a veces, seguimos pagando cargos o comisiones. ¡Qué vaina con eso!

Al final del día, lo que busca la Superintendencia de Bancos es empoderar al consumidor dominicano. Si usted siente que la entidad financiera le está dando largas o no le está respondiendo como debe, el primer paso es siempre formalizar su solicitud y guardar una constancia. Si a pesar de eso el problema persiste, ProUsuario, el departamento de la SB encargado de la protección al usuario de servicios financieros, está ahí para orientarle y ayudarle a presentar una reclamación. La idea es sencilla y poderosa: cerrar un producto financiero no debería ser más complicado que abrirlo. ¡Y con estas nuevas reglas, parece que el ‘tigueraje’ de los bancos se les está acabando!

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