¡Qué buena noticia, mi gente! El Poder Ejecutivo se ha fajado de una vez y por todas con un Decreto, el 675-26, que viene a unificar la vigencia de las licencias de conducir. Imagínate tú, antes la edad era un dolor de cabeza para nuestros viejos, que veían cómo les reducían el tiempo de validez del carné solo por tener más años. ¡Una vaina bien discriminatoria, klk!
Esta medida no es que salió de la nada, no. Viene como respuesta a un fallo bacano del Tribunal Constitucional (TC) del pasado 14 de septiembre. Resulta que la alta corte le ‘paró el coche’ al párrafo a) del artículo 21 del Decreto 6-19, ese que hablaba del Reglamento de Licencias de Conducir, y que había sido modificado por el Decreto 330-26. El TC lo declaró no conforme con nuestra Carta Magna, dejando claro que la edad, así solita, no puede ser un criterio para quitarle ni un día a la vigencia de una licencia.
Recordemos que en 2019, según la noticia, el entonces presidente Danilo Medina había establecido que, a partir de los 65 años, la licencia se renovaba cada dos años. Luego, en mayo de este año, el presidente Luis Abinader subió ese límite a 75 años. Pero ni con esa subida se salvó de que el TC le diera un ‘palo’ a la distinción, entendiendo que era pura discriminación. Ahora, la cosa cambia, y cambia para bien.
Con el nuevo Decreto 675-26, la vigencia de todas las licencias y autorizaciones para manejar será uniforme: ¡cuatro años para todo el mundo! Y para que la gente no se enrede, vencerá el día del cumpleaños del titular, tal como lo establece el artículo 208 de la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial. Esto es un avance de lo más bien, que pone a todos los conductores en el mismo nivel, sin importar cuántos años tengan.
Es importante resaltar que el documento especifica que, ‘en ningún caso la edad, por sí sola, podrá ser utilizada como criterio único para limitar, reducir o denegar la vigencia de la licencia o autorización para conducir’. Eso nos da la seguridad de que, por fin, se está aplicando un criterio de justicia e igualdad. Así que ya no hay que preocuparse porque le quiten la licencia a un abuelo que maneja mejor que un jovencito.
Claro, que nadie se equivoque, la licencia no es para toda la vida si uno no cumple. El decreto también aclara que el carné podrá ser suspendido antes de su vencimiento si el titular deja de cumplir con los requisitos y condiciones que exige la ley. Esto incluye, por ejemplo, que si un conductor desarrolla una imposibilidad permanente, sea física o mental, para manejar, según un certificado médico, pues ahí sí que se le suspenderá o cancelará. Las evaluaciones de aptitud se harán con exámenes físicos, teóricos y prácticos, sin discriminación alguna, a cargo del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), como manda la Ley 63-17.
Esta decisión representa un paso firme hacia la equidad y el respeto a la dignidad de nuestros ciudadanos mayores. Es un reconocimiento de que la experiencia al volante no se mide solo con la fecha de nacimiento, sino con la aptitud y responsabilidad del conductor. Definitivamente, un ‘palo’ para la justicia y un alivio para un viaje de dominicanos que ahora podrán manejar sin esa angustia de la renovación constante. ¡Estamos avanzando, mi gente!
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Ingeniero de Sistemas especializado en Inteligencia Artificial y Automatización de Procesos. Con una trayectoria enfocada en la convergencia entre tecnología de vanguardia y comunicación digital, Ramón lidera la implementación de modelos generativos aplicados al periodismo dominicano. Su trabajo garantiza que la información que llega a la diáspora no solo mantenga nuestra identidad “del patio”, sino que cumpla con los más altos estándares de veracidad y optimización técnica de la web moderna (2026).


