El mundillo judicial dominicano se ha mantenido expectante, y es que la decisión crucial sobre la solicitud de extinción penal en el caso que involucra al ex procurador general de la República, Jean Alain Rodríguez, ha sido pospuesta. El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional fijó la nueva fecha para el próximo lunes 17 de agosto, dejando a muchos con el ‘jesú’ en la boca y a la espera de ver cómo se desenlaza esta ‘vaina’ judicial. La expectativa es grande, ya que la resolución podría cambiar el curso de un proceso que ha generado un sinnúmero de debates y discusiones en el país.
Originalmente, se esperaba que el fallo se diera a conocer este mismo miércoles, pero la secretaría del tribunal, de manera administrativa, lo reprogramó. Esto, bajo la presidencia de la magistrada Claribel Nivar y con la integración de las juezas Yisell Soto y Clara Castillo, marca un nuevo compás de espera en un expediente que, según sus defensores, ya ha durado ‘un viaje de tiempo’. La medida, aunque rutinaria en términos judiciales, no deja de añadirle un toque de drama a una situación que ya de por sí es bastante compleja y sigue bien de cerca la ‘chercha’ nacional.
Los abogados del exprocurador, Carlos Balcácer y Nelly Rivas, han estado ‘en pie de guerra’, argumentando con ‘cuatro ojos’ que la acción penal debe ser declarada extinguida y el caso cerrado. Su principal argumento se basa en que el proceso está a punto de superar los seis años de duración, un plazo que, según ellos, se ha extendido de forma excesiva y es completamente atribuible a las dilaciones del Ministerio Público. Para la defensa, esta situación es inaceptable y vulnera los derechos de su representado, quien ha permanecido en un limbo judicial por demasiado tiempo, según su parecer.
La defensa explicó con detalle cómo la fase investigativa se alargó por casi dos años, y a esto se le sumaron otros cuatro meses de prórroga solicitados por el órgano acusador. Destacaron que incluso una intimación judicial tuvo que hacerse para que la investigación finalmente concluyera. Además, los abogados del exprocurador aseguran que dos tribunales ya han emitido decisiones donde se establece que estas dilaciones no fueron responsabilidad de su cliente, quien, para colmo de males, estuvo privado de libertad durante un considerable periodo de cuatro años.
Para sustentar su petición, los abogados del ex procurador invocaron jurisprudencia del Tribunal Constitucional, la cual, según ellos, establece que un plazo razonable en materia penal no debe exceder los cuatro años. También se apoyaron en la Ley 97-25, que restringe las causales para prorrogar dicho plazo a situaciones muy específicas, como fugas, rebeldía o dilaciones justificadas por resoluciones motivadas, circunstancias que, según la defensa, no se dan en este expediente y, por ende, el proceso debería culminar.
Sin embargo, el órgano acusador, lejos de quedarse de brazos cruzados, pidió al tribunal que rechazara ‘de una vez’ la petición de extinción penal. Consideran que la solicitud carece de fundamento jurídico y que, por el contrario, ha sido el propio imputado quien, a través de diversas maniobras, ha buscado dilatar el conocimiento del proceso y la presentación de las pruebas en su contra. Para los fiscales, esta estrategia no es más que un intento de ‘echar la vaina para atrás’ y evitar enfrentar la justicia de manera expedita, lo que no debe ser permitido.
El director general de Persecución, Wilson Camacho, y la titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA), Mirta Ortiz, fueron claros al argumentar que la extinción procesal es una sanción reservada para casos donde hay inactividad o una conducta defectuosa por parte de las partes. No es, según su postura, un recurso aplicable cuando el retraso se debe a la complejidad del expediente o a acciones del propio imputado, lo que a su juicio, es el caso en cuestión.
Mirta Ortiz precisó que muchos de los aplazamientos que se han dado en el proceso, como los motivados por salud, intervenciones quirúrgicas, solicitudes de la propia defensa, los derechos del personal judicial e incluso la carga de trabajo de los tribunales, no pueden atribuirse al órgano persecutor. Además, citó como precedente una resolución del mismo tribunal, del 17 de marzo de 2025, en el caso contra Juan Alexis Medina Sánchez, donde una solicitud similar de extinción fue rechazada. Este ‘bacano’ detalle refuerza la postura de la acusación.
Según la funcionaria de PEPCA, el retraso que se alega por la defensa responde a una estrategia dilatoria ‘con nombre y apellido’. Mencionó, por ejemplo, que una de las defensas llegó a presentar ‘un viaje’ de cinco recusaciones consecutivas contra los fiscales del caso con el claro objetivo de paralizar las investigaciones. Con este historial, el Ministerio Público se mantiene firme en que no se puede premiar este tipo de ‘tigueraje’ jurídico con una extinción de la acción penal, pues sentaría un mal precedente para otros casos importantes.
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Ingeniero de Sistemas especializado en Inteligencia Artificial y Automatización de Procesos. Con una trayectoria enfocada en la convergencia entre tecnología de vanguardia y comunicación digital, Ramón lidera la implementación de modelos generativos aplicados al periodismo dominicano. Su trabajo garantiza que la información que llega a la diáspora no solo mantenga nuestra identidad “del patio”, sino que cumpla con los más altos estándares de veracidad y optimización técnica de la web moderna (2026).



