¡El SDE se puso ‘jevi’! Nuevas Tarifas y Reglas para la Publicidad Exterior

¡Atención, mi gente de Santo Domingo Este! Se acabó el relajo con la publicidad exterior, porque el Ayuntamiento, según la noticia, se puso ‘jevi’ y le dio una apretá a las reglas y tarifas para todo lo que son vallas, pantallas electrónicas y demás elementos que le dan color a nuestras calles. Con la aprobación del Reglamento 01-2026 por el Concejo de Regidores el pasado 3 de junio de 2026, la cosa va en serio, actualizando una normativa que databa de 2010.

Esta vaina no es de ahora; el reporte indica que ya era hora de un cambio. A lo largo de los años, el municipio ha crecido un viaje, la tecnología avanza y la dinámica económica y ambiental también. Por eso, era necesario ajustar las cuerdas para que la publicidad en el SDE no solo sea efectiva, sino también ordenada y que aporte al desarrollo local. Ya no es como antes, que cualquiera hacía lo que quería; ahora hay que andar con el ojo avizor.

Las nuevas tarifas están para que la gente coja su pique. Por ejemplo, una valla de 20 x 50 pies ahora tendrá un arbitrio de RD$4,000 mensuales por cara, más una tasa de inspección de RD$3,000. ¡Eso es RD$7,000 mensuales por cada lado! Las pantallas electrónicas, que están de lo más bien con el avance digital, pagarán RD$70,000 mensuales por pantalla, y si son más grandes, el costo se va a RD$800 por metro cuadrado. Definitivamente, el tigueraje de la publicidad tendrá que sacar más chelitos del bolsillo.

Pero no solo se trata de dinero, sino también de control. Ninguna empresa podrá operar sin una licencia aprobada por el Concejo de Regidores, con una vigencia de cinco años. Además, cada elemento publicitario autorizado deberá llevar un código QR del Registro Municipal de Publicidad Exterior y una placa visible. Si no tiene eso, la vaina es sencilla: la estructura se desmonta y el responsable paga los gastos. ¡Así es que se ‘aprieta’ la tuerca!

También se establecieron reglas claras sobre dónde se puede y dónde no se puede colocar publicidad. Las vallas deben mantener una distancia de 150 metros entre sí, y están prohibidas en zonas verdes, parques, monumentos, aceras y otras infraestructuras del Estado. Esta medida busca evitar la contaminación visual y garantizar que el paisaje urbano no sea un desorden. Lo que ya estaba instalado y autorizado tiene su excepción, pero para lo nuevo, hay que cumplir sí o sí.

Un punto que ha generado su chercha legal, según el reporte, es el tema de la publicidad en propiedades privadas. El Tribunal Constitucional, con las sentencias TC/0727/23 y TC/0476/24, ha dicho que los ayuntamientos pueden regular la contaminación visual, pero no cobrar arbitrios si no hay un aprovechamiento de un bien público municipal. La noticia menciona que el Reglamento 01-2026 incluye una formulación similar, lo que podría requerir una aclaración sobre el alcance de esos cobros. Esto es una vaina que hay que seguir de cerca.

Las multas por incumplimiento también se pusieron ‘jevi’. Instalar publicidad sin permiso, por ejemplo, podría costar el equivalente a tres salarios mínimos. Las faltas se clasifican en leves, graves y muy graves, incluyendo desde la falta de mantenimiento hasta la ocupación de espacios públicos o la instalación sin licencia. El Ayuntamiento puede cancelar licencias y retirar estructuras, y los costos de desmontaje, transporte y almacenamiento correrán por cuenta del infractor. Así, el Ayuntamiento se asegura de que la gente respete las reglas.

Una iniciativa chula que incluye la nueva normativa es que los propietarios de soportes publicitarios deberán reservar gratuitamente hasta el 5 % de su espacio o tiempo de exposición para el Ayuntamiento. Esto se usará para campañas de educación ciudadana, seguridad vial, medioambiente y salud pública, entre otras. Y en casos de emergencia, ¡de una vez! las empresas estarán obligadas a difundir mensajes oficiales de forma gratuita. Esto es una muestra de que la publicidad también puede servir al pueblo.

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