La Corte de Apelación de la Cámara Penal de Puerto Plata conoce este martes el recurso interpuesto por el campocorto de los Tampa Bay Rays, Wander Samuel Franco Aybar, contra la sentencia que lo condenó a dos años de prisión suspendida por abuso psicológico y sexual en perjuicio de una adolescente.
Durante la audiencia, la defensa del pelotero deberá presentar ante el tribunal las pruebas necesarias para lograr que se revoque la condena dictada en junio de este año por las juezas Jakayra Veras, Venecia Rojas y José Juan Jiménez, del Tribunal Colegiado del Distrito Judicial de Puerto Plata.
Los jueces también ordenaron a Franco Aybar pagar el equivalente a diez salarios mínimos establecidos por el Banco Central, en beneficio del Estado dominicano, así como asumir el pago de las costas penales.
El procesado fue hallado culpable de violar el artículo 396, letras b y c, del Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03).
El tribunal impuso la pena suspendida, disponiendo que Franco Aybar no se acerque a adolescentes con fines sexuales y en caso de incumplimiento de la medida deberá cumplir la pena en prisión, en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) San Felipe de Puerto Plata.
En tanto que, a la madre de la adolescente, fue condenada a 10 años de prisión, al establecer el tribunal, con base a las pruebas aportadas, que la mujer incurrió en delitos de explotación sexual comercial y lavado de activos.
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Los juzgadores indicaron que la madre de la adolescente cometió explotación sexual y lavado de activos, colocando en el sistema financiero nacional recursos obtenidos por la explotación sexual de su hija de 15 años.
A la progenitora, quien deberá cumplir la pena privativa de libertad en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Rafey Mujeres, en Santiago, también se le impuso el pago de una multa equivalente a 30 salarios mínimos en beneficio del Estado dominicano.
Asimismo, como solicitó el órgano acusador, se ordenó el decomiso de los siete bienes que les fueron incautados a la acusada, incluyendo un solar ubicado en Villa Montellano con una extensión superficial de 600 metros cuadrados, un carro del año 2023, RD$2,100,000 que se encuentran depositado en el Banco Agrícola de la República Dominicana, sucursal Puerto Plata, así como la suma de 68 mil 500 dólares americanos y 800 mil pesos dominicanos.
Igualmente, los equipos celulares y todos los valores colocados en la cuenta de la acusada, que fueron inmovilizados por el Ministerio Público en virtud de una orden especial y autorización judicial, además del pago de las costas penales del proceso.
El tribunal estableció que la procesada violó los artículos 410 de la citada Ley 136-03 y los artículos 2, numeral 11; 3, numerales 2, 3 y 4 de la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
El Ministerio Público sustentó su acusación con 165 pruebas con las que demostró que Franco Aybar raptó con fines sexuales por varios días a la víctima, en el municipio Villa Montellano, en la provincia Puerto Plata, y luego enviaba altas sumas de dinero a su madre de la víctima para evitar que lo denunciara. El dinero fue utilizado por la acusada para adquirir bienes muebles e inmuebles.
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