Por casi dos décadas, una laguna en la antigua Ley 340-06 sobre las Contrataciones Públicas permitió que funcionarios de alto nivel hicieran negocios con el Estado, una ‘vaina’ que ahora sale a la luz. A pesar de que la norma, en sentido general, lo prohibía, un artículo y su numeral abrían una puerta ‘ancha’ para que ministros, viceministros, cónsules y legisladores, entre otros cargos de importancia, pudieran obtener contratos. Esta situación generó un viaje de comentarios y suspicacias sobre la ética en la administración pública. La noticia detalla cómo esta permisividad legal se tradujo en beneficios económicos para varios servidores públicos.
Según el reporte, durante los seis años del gobierno del presidente Luis Abinader, alrededor de diez funcionarios, cuyos registros de proveedores han sido suspendidos recientemente, acumularon no menos de RD$60 millones en contratos con el Estado. Lo hicieron después de asumir sus puestos, amparados en el tope que fijaba la ley vieja y que el propio órgano rector de las Contrataciones Públicas no tenía cómo fiscalizar eficazmente en ese aspecto. Esta ‘chercha’ se mantuvo vigente hasta la llegada de una nueva legislación que, finalmente, vino a poner las cosas en su sitio y a cerrar cualquier resquicio para este tipo de prácticas.
Entre los casos más sonados, la noticia destaca a Tomasina Pascual Fanit, quien asumió como viceministra de Edificaciones del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones en agosto de 2020. Su empresa, Mucar, SRL, que aparece en su declaración jurada de patrimonio y está a nombre de su hija, se adjudicó tres contratos con el Estado por un monto total de RD$53,670,910. Estas contrataciones, todas posteriores a su juramentación, incluyeron la remodelación de un departamento en Agricultura, la construcción de obras deportivas y comunitarias, y la reconstrucción de instalaciones deportivas en diversas provincias, lo que sin duda levantó más de una ceja.
Otro nombre que resalta es el de Gloria Claritza Guevara Arboleda, quien hoy es cónsul general en Valencia, España, pero previamente fue viceministra de Educación. A Gloria se le vincula con la empresa ‘Funeraria Jerusalén, SRL’, que figura en su declaración jurada de patrimonio y es gestionada por uno de sus descendientes. Esta empresa obtuvo contratos en 2022 con el Ministerio de Salud Pública y la Autoridad Portuaria Dominicana para servicios funerarios y de cuidado de cadáveres, sumando RD$4,068,000 en ganancias. Es de esos casos que te dejan pensando en la variedad de los servicios que se buscaban y los vínculos familiares.
La lista de funcionarios beneficiados es más larga y variopinta. Milton Morrison, quien según la noticia ha ocupado cargos en Edesur y el Intrant, se vincula a Morrison & Morrison Ingenieros Asociados, SRL, que obtuvo más de RD$3 millones en contratos. También está Félix Aracena Vargas, hoy embajador dominicano en Colombia, cuya empresa ‘Aracena y Ramos, SRL’, dirigida por su hermano, consiguió un contrato de más de RD$1 millón con el Ministerio de Cultura. Maximiliana Manzueta Morel, directora de la Escuela Nacional de Educación Vial del Intrant, tuvo su empresa ‘Entre Tres, SRL’ con contratos de publicidad, y el regidor Braulio Mejía Morales también recibió un contrato para publicidad. Todos estos ‘negocitos’ ponían en evidencia que la ley de marras no era ‘ninguna vaina’.
Alexis Antonio Alcántara Dionicio, director del Conadis, se vincula a Camino Deportivo Comunicaciones (Cadeco), SRL, que consiguió un contrato de RD$230 mil con la Opret para servicios audiovisuales, aunque la empresa no aparece en su declaración jurada. Rafael Abraham Burgos Gómez, actual director de Bienes Nacionales, obtuvo un contrato de RD$180 mil para capacitaciones. El que menos sacó de esta ventaja, con unos RD$80 mil, fue Francisco Manuel Pimentel Vásquez, consejero de Procompetencia, ligado a una ferretería. Estos ejemplos son solo una muestra del ‘tigueraje’ que permitía la antigua normativa.
La antigua Ley 340-06 prohibía la contratación con el Estado a un sinfín de funcionarios, desde el presidente hasta regidores. Sin embargo, su numeral 6 del artículo 14 decía que esta prohibición no aplicaba si la participación del funcionario en la empresa era inferior al 10% del capital social. ¡Imagínense! Era como abrir una puerta y cerrarla con el pie, dejando un resquicio para el que supiera aprovecharse. Durante casi dos décadas, esta excepción fue un dolor de cabeza y una constante crítica para quienes abogaban por la transparencia en el uso de los fondos públicos. La modificación de esta ley era algo que se venía pidiendo ‘de una vez’ por muchos sectores.
Afortunadamente, la Ley 47-25, promulgada el 28 de julio de 2025 y que entró en vigor 180 días después, vino a ponerle fin a esta situación. Su artículo 38 es tajante: prohíbe cualquier participación societaria, sin importar el porcentaje, de un funcionario electo o designado en una empresa proveedora del Estado. Además, les impide ejercer funciones de dirección o gerencia. La Dirección General de Contrataciones Públicas (Dgcp) ha actuado rápido, solicitando la suspensión de los registros de proveedores a los funcionarios comprendidos en las nuevas causales, aclarando que estas suspensiones son de carácter preventivo y administrativo, no punitivo. Un cambio ‘bacano’ para la transparencia.
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Ingeniero de Sistemas especializado en Inteligencia Artificial y Automatización de Procesos. Con una trayectoria enfocada en la convergencia entre tecnología de vanguardia y comunicación digital, Ramón lidera la implementación de modelos generativos aplicados al periodismo dominicano. Su trabajo garantiza que la información que llega a la diáspora no solo mantenga nuestra identidad “del patio”, sino que cumpla con los más altos estándares de veracidad y optimización técnica de la web moderna (2026).




