¡Klk mi gente! El país se hizo eco de una decisión importante que salió del Palacio este lunes, cuando el presidente Luis Abinader soltó el Decreto núm. 719-26. Este reglamento es clave, porque llegó para ponerle orden a la zafra azucarera del período 2026-2027. La movida, asegún el reporte, busca darle un empuje a la economía de la nación, asegurando que no nos falte el dulce en casa y, al mismo tiempo, cumpliendo con los acuerdos que tenemos para exportar nuestra producción, todo bajo un estricto control del Estado.
La ‘vaina’ está en que el decreto prioriza que de la producción total, incluyendo los excedentes del año anterior, se saque lo necesario para cubrir el consumo local. Es decir, primero lo de aquí. Después de eso, se asegura el cumplimiento de las exportaciones a mercados preferenciales, como el de los Estados Unidos de América y otros destinos. Si por alguna razón hiciere falta importar azúcar, la responsabilidad de soltar las licencias recae de una vez sobre el Instituto Azucarero Dominicano (INAZUCAR), dejando claro quién tiene el bate en ese juego.
Con el objetivo de tener bien amarrado el comercio exterior, el Poder Ejecutivo le dio a INAZUCAR un viaje de medidas de control. Una de las más importantes es que ningún cargamento de azúcar, melaza o cualquier subproducto podrá salir del país sin que INAZUCAR le dé el visto bueno primero, o sea, sin su permiso. Eso es para que el tigueraje de la exportación se haga como Dios manda y sin sorpresas.
En esa misma línea, los Certificados de Elegibilidad sobre Cuota (CQE), esos que nos abren las puertas al mercado gringo, solo se van a otorgar a ingenios y empresas productoras que estén debidamente autorizadas. ¡Ojo!, el decreto prohíbe de manera explícita que se les dé a terceros no autorizados. Esto garantiza que la producción y la comercialización se mantengan en manos de los actores legítimos, evitando cualquier desorden y asegurando que los programas de molienda y producción de azúcar se cumplan a cabalidad.
Las empresas azucareras deberán estar bien claras con sus movimientos. Ahora, tienen que informar al detalle cada venta internacional que hagan. Si vendes a EE. UU., la Unión Europea u otros mercados, tienes ocho días para notificarlo. También, en ese mismo plazo, deben enviar una copia fiel del contrato. Y por si fuera poco, el certificado de cantidad, polarización y materias extrañas debe llegar en los tres días hábiles siguientes a la recepción del informe de desembarque. Si un ingenio no declara a tiempo un posible déficit en su producción, el Poder Ejecutivo podría meterle un recorte en su cuota para la próxima zafra, ¡así de sencillo!
Este decreto refleja la importancia capital que la industria azucarera tiene y ha tenido siempre para la República Dominicana. Históricamente, el azúcar ha sido un pilar fundamental de nuestra economía, un motor que ha movido un sinnúmero de actividades y ha generado un ’empleo’ significativo en las zonas rurales. La regulación constante de este sector, como la que se establece ahora, busca mantener ese equilibrio necesario para que un producto tan vital no solo satisfaga las necesidades internas, sino que también siga siendo un valioso rubro de exportación que contribuya al fortalecimiento económico del país, controlando así, indirectamente, factores como la ‘inflación’ de productos básicos en el ‘mercado’ local.Si te ha gustado este artículo, ¡compártelo con tus amigos, o déjanos un comentario!




