¡El TC Pone Freno! Moca Recibe su ‘Jumo’ por Retener Vehículos de Manera ‘Bacana’

¡Atención, mi gente! El Tribunal Constitucional (TC) dominicano le ha puesto un freno a una ‘vaina’ recurrente: dictaminó en contra del Ayuntamiento de Moca, provincia Espaillat. La sanción se debe a la detención y la práctica de retener vehículos en el casco urbano, y al cobro de 3,000 pesos a un ciudadano para devolverle su auto. Este fallo marca un precedente importante contra esta práctica, oficializada en Moca con la ordenanza 01-2025, del 1 de abril de 2025, sobre tasas por servicio de traslado o retención de vehículos.

La sentencia TC/0785/26 surgió tras el recurso del abogado Shesnel Calcaño, en representación del señor Juan Carlos Mejía Vásquez. A Mejía Vásquez le retuvieron su Honda Pilot por estacionarse sobre una marca amarilla, exigiéndole 3,000 pesos. La ‘chercha’ es que, en primera instancia, el Tribunal de la Cámara Civil y Comercial rechazó su amparo, alegando no demostrarse vulneración de derechos fundamentales. ¡Un ‘disparate’ que dejaba al ciudadano en el aire!

Sin embargo, el TC, con una visión más profunda, declaró admisible el recurso de Mejía Vásquez y revocó la sentencia previa. Además, declaró inaplicable la controvertida Ordenanza núm. 01-2025 del Concejo Municipal de Regidores de Moca para este caso. Esto significa que la base legal del cobro y la retención quedó sin efecto. ¡Una ‘victoria’ bacana para la transparencia y los derechos!

El TC fue contundente: declaró vulnerados los derechos fundamentales del señor Mejía Vásquez a la propiedad, al debido proceso administrativo y al principio de legalidad. ¡Así mismo como lo oyen! Ordenó al Ayuntamiento de Moca y a los funcionarios la devolución inmediata del vehículo, libre de pago por multa, tasa o cualquier otro concepto derivado de la ordenanza. Y si ya se había pagado, ¡de una vez se debe devolver! Es que la ley es para todos, ‘klk’.

Para asegurar el cumplimiento, el Tribunal Constitucional fijó una astreinte de 1,000 pesos dominicanos por cada día de retardo, a cargo del Ayuntamiento de Moca y en beneficio del licenciado Juan Carlos Mejía Vásquez. Esto subraya la seriedad con que el TC asume su rol, poniendo en cintura a las instituciones que se ‘desbocan’ en sus funciones.

Los jueces del TC argumentaron que el Ayuntamiento de Moca ‘erró’ al desbordar su competencia. Convirtieron la potestad de regulación del estacionamiento en un régimen sancionador propio, con cobros inmediatos, sin tener la facultad legal. En buen dominicano, ‘se pasaron de la raya’ al inmovilizar vehículos y exigir pagos sin habilitación legal expresa ni un procedimiento que garantizara la defensa del afectado.

El abogado Shesnel Calcaño explicó que esta sentencia marca un precedente ‘de peso’. Si a otro ciudadano le retienen el vehículo bajo condiciones similares, esta decisión le servirá de base para defenderse. Es un aviso claro para ayuntamientos como los de Santiago y San Francisco de Macorís, que andan en la misma ‘chercha’. La acción directa de inconstitucionalidad contra la ordenanza de Moca, que busca detener esta práctica de cobrar multas a discreción –una función que corresponde a la Digesett–, sigue en espera de fallo. ¡El ‘tigueraje’ legal está activo contra el abuso de poder!Si te ha gustado este artículo, ¡compártelo con tus amigos, o déjanos un comentario!

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